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Siglo XX – 1912-2000 Gobernadores de Santa Fe.

Siglo XX – 1912-2000 Gobernadores de Santa Fe.

Constitución Nacional de 1949.

Capítulos sobre “Derechos”.

1955 – Memoria insoslayable.

1955-1983: Gobernadores e Interventores Federales.

Gobiernos electos por mayoría de ciudadanos votantes.

Siglo XX – 1912-2000 Gobernadores de Santa Fe.

Desde Hasta Gobernadores Vicegobernadores Interventores Hechos…
09-05-1912 09-05-1916 Dr. Manuel J. Menchaca Ricardo Caballero Elección mediante voto obligatorio previo a la Ley Sáenz Peña.
09-05-1916 01-12-1919 Dr. Rodolfo Lehmann Francisco Elizalde Gobiernos UCR – Renuncia.

(PEN: Dr. Hipólito Yrigoyen.)

01-12-1919 09-05-1920 Juan Cepeda Acefalía –

Asumió el Presidente de la Cámara Diputados

 

09-05-1920 09-05-1924 Enrique M. Mosca Clorindo Mendieta
09-05-1924 09-05-1928 Dr. Ricardo Aldao Juan Cepeda
09-05-1928 07-09-1930 Dr. Pedro Gómez Cello Elías de la Fuente 06-09-1930 Destitución del Presidente Dr. Hipólito Irigoyen
26-09-1930 27-12-1930 Dr. Diego Saavedra Conservadores detentan el poder.
03-01-1931 13-04-1931 Dr. Guillermo Rothe Proscripciones.
07-05-1931 14-01-1931 Dr. Alberto Arancibia

 

Tiempo de proscripciones y fraude…
14-01-1932 20-02-1932 Dr. Juan E. Garro Allende
20-02-1932 03-10-1935 Dr. Luciano Molinas Isidoro Carreras Gobierno Partido Demócrata Progresista.
07-10-1935 09-01-1936 Dr. Manuel Alvarado

 

 

Desde Hasta Gobernadores Vicegobernadores Interventores Hechos…
09-01-1936 10-04-1937 Dr. Carlos A. Bruchmann
10-04-1937 10-04-1941 Dr. Manuel María de Iriondo Rafael Araya Gobierno Conservador en Santa Fe
10-04-1941 04-06-1943 Dr. Joaquín Argonz Dr. Emilio G. Leiva Movimiento cívico-militar

04 de junio.

05-06-1943 25-06-06 Tte. Cnel Benito Oiz

(Encargado de Gobierno)

(Ejerció Jefatura del  Regto. 12 de Infantería “Gral. Arenales”.)
26-06-1943 17-11-1943 Cap. de Navío Julio Carrega Intervención en las provincias.
18-01-1943 21-07-1944 Ing. Miguel Argüelles
21-07-1944 24-03-1945 Cnel. Arturo Saavedra
24-03-1945 16-06-1946 Dr. Oscar Alfonso Aldrey
16-06-1946 08-02-1949 Dr. Waldino Suárez Juan Pardal Primeras elecciones sin fraude. Comicios controlados por el Ejército Argentino.
08-02-1949 04-06-1949 Cnel. Dalmiro J. Adaro
04-06-1949 04-06-1952 Ing. Juan Hugo Caesar Dr. Álvaro González 1949 Reforma de la Constitución.
04-06-1952 04-03-1955 Dr. Luis J. Cárcamo Farm. Enrique O. Roulet

 

 

Constitución Nacional de 1949…

La Constitución Nacional sancionada en el Congreso Nacional en 1949, establecía en el “Art. 23.- “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”.

“Art. 29.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.  Siempre se aplicará, y aún con efecto retroactivo, la ley penal permanente más favorable al imputado”… “Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado, sino en virtud de orden escrita de autoridad competente.  Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificaciones podrá procederse a su allanamiento y ocupación”…

“Art. 32.- “Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los derechos del Ejecutivo nacional. / Nadie puede ejercer empleos o funciones públicas, civiles o militares, si previamente no jura ser fiel a la Patria y acatar esta Constitución”.

Capítulos sobre “Derechos”…

Es oportuno rememorar que la Constitución Nacional sancionada y promulgada en 1949, incluía el “Capítulo III – Derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y de la educación y la cultura”.

En el “Art. 37.- Decláranse los siguientes derechos especiales: I – Del Trabajador; II – De la familia – III – De la ancianidad – IV – De la educación y la cultura.

“La educación y la instrucción corresponden a la familia y a los establecimientos particulares y oficiales que colaboren con ella, conforme a lo que establezcan las leyes.  Para ese fin, el Estado creará escuelas de primera enseñanza, secundarias, técnico-profesionales, universidades y academias”.  /…/ 2. La enseñanza primaria elemental es obligatoria y será gratuita en las escuelas del Estado.  La enseñanza primaria en las escuelas rurales tenderá a inculcar en el niño el amor a la vida del campo, a orientarlo hacia la capacitación profesional en tales faenas rurales y a formar a la mujer para las tareas domésticas campesinas.  El Estado creará, con ese fin, los institutos necesarios para preparar un magisterio especializado.” /…/

(Constancias en Libreta Cívica Nº 2.839.785 – O. N. A. G.:

“Prestó juramento de fidelidad a la Bandera en el día de la fecha.” Firma y sello: Beatriz Lilia Guastavino de Calafell  – Directora. “Santa Fe, 22 de mayo de 1953”.

“Año 1º del 2º Plan Quinquenal. Prestó juramento de fidelidad a la Constitución Nacional. Santa Fe, 6 de julio de 1953. Herminia Sofía Fernández, Secretaria a cargo de la Dirección.” Sello oval: Ministerio de Educación de la Nación – Dirección General de Enseñanza Técnica – Escuela Profesional de Mujeres”.)

 

Información elaborada por Nidia Orbea Álvarez de Fontanini.

 

 

Interventor:

04-03-1955 20-09-1955 Cap.de Fragata (R)

Ricardo P. Anzorena

16-09 auto-denominada

“Revolución Libertadora”

conducida por

Gral. Eduardo Lonardi.

1955 – Memoria insoslayable…

Desde el  06-09-1930 a septiembre de 1955, en la provincia de Santa Fe:

06 (seis) Gobernadores elegidos por ciudadanos argentinos.

01 (uno) Militar Encargado de Gobierno.

12 (doce) Interventores Federales: ocho civiles, cuatro militares.

Tras el movimiento cívico-clerical-militar del 16 de septiembre de 1955, el Gral. Eduardo Lonardi conductor de las acciones desde Córdoba, expresó:

“Ni vencedores ni vencidos”.

Fue reemplazado por el Gral. Pedro Eugenio Aramburu.

Vice: Contralmirante Isaac Francisco Rojas.

Mediante decreto fue reemplazada la Constitución promulgada en 1949 y declararon vigente la sancionada en 1853 con sucesivas reformas.

Prohibiciones y persecuciones: Decreto 4.161 del 05-03-1956.

Fusilamientos 09 y 12-06-1956. Ley Marcial.

Convocatoria a elección de Convencionales para reformar la Constitución de 1853.

 

Desde Hasta Gobernadores Vicegobernadores Interventores Hechos…
24-09-1955 01-10-1955 Cnel. Juan Bautista Picca Vigente desde 05-03-1956

Decr. Nac. Nº 4.161 (Prohibición de palabras y  libros sobre Peronismo…)

02-10-1955 13-04-1957 Vicealmirante Carlos A. Garzón Decreto anuló  Constitución de 1949.

 

 

 

14-04-1957 01-05-1958 Dr. Clodomiro Carranza 1957: Reforma Constitución Nac. 1853.

Proscripción del  Part. Peronista (hasta 1972)

01-05-1958 24-04-1962 Dr. Carlos Sylvestre Begnis José R. González Presidente Dr. Arturo Frondizi

Triunfo de la U.C.Radical Intransigente

 

 

Golpe de Estado y gobiernos de facto.

24-04-1962 12-06-1962 Gral. de Brig.. Ernesto V. Cordes. Asumió Dr. José María Guido (Pte. Protémpore del Senado)
12-06-1962 12-10-1963 Gral. (R) Jorge G. Nocetti Campos

Gobernador electo por mayoría de ciudadanos votantes. Intervención

12-10-1963 28-06-1966 Dr. Aldo Emilio Tessio Eugenio Malaponte Proscripción  Justicialismo.

Gobierno “UCR. del Pueblo”.

28-06-1966 05-08-1966 Gral. Eleodoro Sánchez Lahoz Auto proclamada

“Revolución Argentina”

 

 

Durante la autodenominada Revolución Argentina, tras la intervención en todos los poderes nacionales y provinciales, nombramiento de

Gobernadores de facto:                                 Interventor:

05-08-1966 14-07-1970 Eladio Modesto Vázquez
14-07-1970 27-07-1970 Gral. de Div. Roberto A. Fonseca.
25-07-1970 25-05-1973 Guillermo Sánchez Almeyra

Desde septiembre de 1955 primera elección sin proscripción del Partido Peronista

(Movimiento Nacional Justicialista).

Desde Hasta Gobernadores Vicegobernadores Interventores Hechos…
25-05-1973 24-03-1976 Dr. Carlos Sylvestre Begnis

(2º gobierno)

Eduardo Félix Cuello Gobierno del  “Frente Justicialista de Liberación” (FREJULI)
24-03-1976 19-04-1975 Cnel. José María González Auto-denominado

“Proceso de Reorganización Nacional”.

Gobernadores de facto:

19-04-1976 30-03-1982 Vicealmirante Jorge Alberto Desimoni
31-03-1981 14-01-1982 Contralmirante Carmelo Luchetta
15-01-1982 24-02-1983 Farm. Roberto E. Casís Civiles con funciones de gobernador…
25-02-1983 10-12-1983 Dr. Héctor Salvi

 

 

1955-1983: Gobernadores e Interventores Federales

Desde la autodenominada Revolución Libertadora hasta el ocaso del proclamado Proceso de Reorganización Nacional (1955-1983), ejercieron las funciones de titulares del Poder Ejecutivo:

Tres         (3)       Gobernadores electos por ciudadanos.

Ocho        (8)       Interventores Federales

Siete  militares, un civil.

Seis          (6)       Gobernadores de facto.

Cuatro militares, dos civiles.

Desde el 10 de diciembre de 1983, sucesión de gobiernos elegidos por ciudadanos empadronados.

Hasta fines de 2005, electos titulares del Poder Ejecutivo los candidatos propuestos en listas del  Partido Justicialista de la provincia de Santa Fe.

Gobiernos electos por mayoría de ciudadanos votantes.
10-12-1983 10-12-1987 CPN. José María Vernet Carlos Aurelio Martínez Partido Justicialista.
10-12-1987 10-12-1991 Dr. Víctor Félix Reviglio Antonio Andrés Vanrell

(1990 Juicio Político. Destitución.)

Partido

Justicialista.

Legislatura de Santa Fe. Período Ordinario de Sesiones 1990.

“Ley de Lemas” – Proyecto del Bloque Justicialista. Debate en la Cámara de Senadores 16 de agosto de 1990.

Tratamiento en la Cámara de Diputados. Orden del Día Nº 27 del 8 de noviembre de 1990. Luego de prolongado debate, el Dip. Oscar Barrionuevo anticipó su voto negativo y por la afirmativa se expresó el diputado Norberto R. Nicotra.

Registraron veinticinco (25) votos por la afirmativa y veinticuatro (24) por la negativa.

El Dip. Dr. Carlos Caballero Martín dijo: “Sr. Presidente: no se puede dar por aprobado porque no se cuenta con la mitad más uno de los votos, o  sea 26 votos”. Respondió el Presidente Diputado Enrique M. Estévez: “Por secretaría se me informa que la votación resulta afirmativa por simple mayoría”. El doctor Caballero Martín, representante del Partido Demócrata Progresista manifestó: “Insisto en que el reglamento establece que se debe contar con la mitad más uno de los votos para dar por aprobado.  Si así se resuelve anticipo que voy a impugnar esa votación”. Los taquígrafos registraron esos datos y el Presidente Dip. Estévez, indicó: “Corresponde votar en particular” y aprobados “sin observación” los veintitrés artículos, siendo el 24 de forma, quedó sancionado el proyecto.

Tras las elecciones con vigencia de la Ley de Lemas, fueron electos:

10-12-1991 10-12-1995 Carlos Alberto Reutemann Miguel Ángel Robles Partido Justicialista.
10-12-1995 10-12-1999 Ing. Jorge Obeid Dr. Gualberto Venecia Partido

Justicialista.

10-12-1999 10-12-2003 Carlos Alberto Reutemann Camilo Muniagurria Partido Justicialista.
10-12-2003 10-12-2007 Ingeniero Jorge Obeid Arq. María Eugenia Bielsa

(Primera Vicegobernadora

Partido

Justicialista.

(2005: Ley de Lemas derogada.

Primeras elecciones tras tal cambio electoral:

23-10-2005 – Diputados Nacionales y Concejales.)

Lecturas y síntesis:  Nidia Orbea Álvarez de Fontanini.

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