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Exenciones que son privilegios.

El ejemplo de “La Forestal”.

¿Fue para “colonizar”?.

 

El estudioso Gastón Gori -seudónimo del doctor Pedro Raúl Marangoni, nacido en Esperanza, provincia de Santa Fe, Argentina, el 17 de noviembre de 1915- celebró su octogésimo octavo cumpleaños con igual cantidad de libros editados, varios de poesía y narrativa, interesantes ensayos sobre Colonización en la Argentina; una aproximación al tema Hernandiano refiriéndose a la ley sobre vagos y mal entretenidos que autorizaba a detener a quien transitara sin llevar la papeleta, incorporándolos a servicios gratuitos en estancias o a las guardias de seguridad…

El ejemplo de “La Forestal”…

Entre sus obras más consultadas hay que mencionar “La Forestal – Tragedia del quebracho colorado” .  Gastón se refirió a la “ley del 9 de agosto de 1871” e  insiste en que aquel negocio pudo ser también un negociado… acordado con Murrieta y Cía.

Destaca cómo esa ley “sobre exención de impuestos a las colonias agrícolas” fue relacionada “con las tierras que se vendían” y que pasarían a ser de la compañía dueña de La Forestal.  El art. 1º de esa ley establece:

“Todas las colonias agrícolas establecidas o que se establecieran en lo sucesivo en la provincia, sea en terreno de propiedad fiscal o de particulares, quedarán exentas de todo impuesto directo por el término de tres años desde su fundación (luego establece como límite norte la colonia de Helvecia).  En el artículo 2º se establecía que las colonias  las establecidas o a establecerse fuera de ese límite y aclara Gastón: (“era el caso de las tierras escrituradas) gozarán de la misma exención y de la de todo otro impuesto sobre sus productos por el término de cinco años.  Art. 3º Estas concesiones son sin perjuicio de los impuestos municipales que ellas mismas propongan para beneficio común.  Art. 4º: Esta ley no perjudica los derechos adquiridos por contratos o leyes preexistentes”.

¿Fue para “colonizar”?…

Plantea luego Gastón: “Lo que no podremos saber, porque no quedó documentación, es si el apoderado de la provincia o por la intervención de Juan Bautista Alberdi, trató de incluir en las cláusulas del contrato la obligación de colonizar”.

En esas páginas -reiteración de la edición de 1965-, el gigante de las letras advierte:

“Todavía, transcurrido casi un siglo, subsisten serios problemas sociales y económicos derivados de aquellos desaciertos.

Allí pueden aprender los legisladores la lección de la Historia y aplicar férreamente en el presente los resultados de su enseñanza.

La vieja maestra de la vida -como se llama a la Historia- debe ser, por sobre todo, la maestra que oriente a los que gobiernan.  Ella forma a los grandes estadistas cuando saben aprovechar de su magisterio el movimiento progresivo de los pueblos; y cuando lograr llevarlos, con manos seguras, a su porvenir, sin mirar hacia atrás lo antiguo que desmoronan para construir, en beneficio de la nación, los tiempos nuevos.”  [1]

(En aquel tiempo, mi mirada seguía el vuelo de las palomas próximas al ombú; al atardecer comprobaba como el sol se despedía desde la altura del tanque del agua del “Regimiento 12 de Infantería”, situado enfrente del hogar donde “una angelical criatura” ensayaba sus primeros movimientos.  En aquellas circunstancias, mi espíritu no alcanzaba a interpretar las razones que provocaban esas filas renovadas, donde mujeres y niños esperaban con “sus latas vacías” que les pasaran algún alimento a través del alambrado del patio de ejercicios de los soldados. Era -y es- la calle San José, era la vivienda que hizo construir don Ricardo Amézaga; eran las primeras “señales” de crecientesdiferencias”…

                                                                                                                         

(Hoy… año 2003: ¿qué leyes se sancionan?…

¿Todos los legisladores saben qué leyes se promulgan?

¿Cuántas se cumplen?…)

Nidia Orbea de Fontanini.

[1] Gori, Gastón. La Forestal – La tragedia del quebracho colorado, p. 14.

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